Incendios Forestales: Cómo Actuar con el Seguro ante Daños en Viviendas, Negocios o Explotaciones

Ante los incendios forestales, una actuación rápida, documentada y ordenada puede resultar clave para agilizar la tramitación del siniestro y evitar problemas con la indemnización.
Los incendios forestales pueden causar daños importantes en viviendas, comunidades de propietarios, comercios, industrias, vehículos o explotaciones agrarias.
En estos casos, es fundamental revisar la póliza contratada y comunicar el siniestro cuanto antes a la correduría, al mediador o en defecto de estos, directamente a la compañía aseguradora. Si no recuerdas con qué compañía tienes contratada la póliza; puedes consultar los recibos bancarios.
Como regla general, los daños materiales derivados de un incendio forestal se tramitan a través de la aseguradora privada, siempre que exista una póliza vigente con cobertura de incendio. La indemnización dependerá de las garantías contratadas, el capital asegurado, las franquicias, las exclusiones y los límites establecidos en cada contrato.
Conviene recordar que el Consorcio de Compensación de Seguros no cubre, con carácter general, los daños materiales ocasionados por incendios forestales. Su intervención se limita a supuestos específicos previstos en su normativa, como determinados accidentes personales vinculados a labores de extinción.
Primer paso: seguridad y documentación. No se debe acceder a viviendas, fincas, naves o instalaciones hasta que las autoridades lo permitan. Una vez sea seguro, antes de limpiar o retirar restos, es recomendable fotografiar y grabar los daños, elaborar un inventario de bienes afectados y conservar facturas, presupuestos, justificantes de gastos e informes disponibles.
Comunicación del siniestro. El parte debe realizarse lo antes posible y, salvo que la póliza conceda un plazo más amplio, dentro de los siete días desde que se tiene conocimiento del siniestro o de sus daños. Es aconsejable hacerlo por un medio que deje constancia escrita y solicitar siempre el número de expediente asignado al siniestro por parte de la compañía.
Qué pólizas pueden intervenir. Según el bien afectado, pueden activarse seguros de hogar, comunidades, comercios, industrias, automóvil, agrario, vida, accidentes o responsabilidad civil. Las pólizas multirriesgo suelen incluir daños por fuego y humo, así como determinados gastos de extinción, salvamento, desescombro, limpieza o reposición de documentos, siempre dentro de los límites contratados.
Buenas prácticas para facilitar la reclamación:
- Centralizar todas las comunicaciones en un único expediente.
- Conservar justificantes de envío y recepción.
- No retirar bienes dañados sin haberlos documentado previamente.
- Guardar tickets y facturas de gastos urgentes.
- Solicitar por escrito la propuesta de indemnización, así como cualquier denegación o discrepancia.
Si la indemnización propuesta resulta insuficiente o la cobertura se deniega, es recomendable revisar de nuevo las condiciones particulares y generales de la póliza, aportar documentación adicional y, si procede, presentar reclamación ante el servicio de atención al cliente o defensor del asegurado de la entidad. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, puede valorarse acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Desde la correduría recomendamos actuar con prudencia, documentar cada paso y consultarnos cualquier duda antes de aceptar una propuesta de indemnización. Una gestión temprana y bien acreditada ayuda a proteger los derechos del asegurado y facilita una resolución más ágil del expediente.
STA y LISA, pioneros en la creación del Seguro para la Mejora de la Eficiencia Energética

El sector de la edificación en España afronta uno de los mayores procesos de transformación de las últimas décadas. La descarbonización del parque inmobiliario, impulsada por las directivas europeas y los objetivos de la Agenda 2030, ha situado la rehabilitación energética en el centro de la actividad constructiva.
Este nuevo contexto exige no solo capacidad técnica y financiera, sino también instrumentos que permitan gestionar adecuadamente los riesgos asociados al cumplimiento de los objetivos energéticos y al acceso a financiación pública.
En este escenario, los seguros tradicionales resultan insuficientes para cubrir determinadas contingencias derivadas de los proyectos de rehabilitación energética, especialmente aquellas vinculadas al cumplimiento técnico de los estándares exigidos por las administraciones públicas.
STA (Soluciones Técnicos Aparejadores), correduría de seguros certificada y participada íntegramente por el Colegio de Aparejadores de Madrid, lleva desde 2011 especializada en la gestión de riesgos para los profesionales de la edificación. Como resultado del análisis continuo de las necesidades del sector y de la evolución regulatoria y técnica del mercado, STA ha alcanzado un acuerdo estratégico con LISA Seguros para desarrollar un producto asegurador pionero: el Seguro para la Mejora de la Eficiencia Energética.
Un seguro diseñado para la nueva rehabilitación energética
La rehabilitación energética difiere sustancialmente de una reforma convencional. Su viabilidad económica depende, en gran medida, de alcanzar determinados niveles de ahorro energético y de cumplir los requisitos técnicos establecidos en los programas de ayudas públicas.
La ejecución de actuaciones sobre envolventes, sistemas térmicos o instalaciones fotovoltaicas debe traducirse en parámetros verificables de eficiencia energética. Cuando dichos objetivos no se alcanzan, pueden producirse importantes impactos económicos para propietarios, promotores y agentes intervinientes, especialmente si la Administración deniega las subvenciones previstas.
En este contexto, surge la necesidad de incorporar mecanismos de aseguramiento capaces de aportar certidumbre técnica y estabilidad financiera a los proyectos de rehabilitación.
Un modelo de protección para toda la cadena de valor
El seguro puede ser contratado por el constructor, el agente rehabilitador, el promotor o la comunidad de propietarios, aunque su finalidad última es proteger la inversión realizada sobre el inmueble.
Este enfoque permite que los profesionales de la edificación incorporen un elemento diferencial de alto valor añadido: ofrecer a sus clientes una solución que reduce la exposición al riesgo técnico y financiero asociado a la rehabilitación energética.
Más allá de su función aseguradora, el producto actúa como una herramienta de confianza, reputación y profesionalización del sector.
Dos garantías principales
El Seguro de Eficiencia Energética desarrollado por STA y LISA Seguros se estructura sobre dos coberturas complementarias que acompañan todo el ciclo de vida del proyecto.
- Cobertura de Ejecución – “Eficiencia”
Esta garantía protege el correcto cumplimiento técnico de la obra conforme a los requisitos exigidos para el acceso a ayudas públicas y programas de rehabilitación energética.
La cobertura se activa cuando, como consecuencia de deficiencias en la ejecución, el proyecto no alcanza los parámetros técnicos requeridos por la normativa aplicable. Su objetivo es asegurar la conformidad técnica de la actuación y preservar la viabilidad económica de la inversión realizada.
La suma asegurada corresponde al valor total de la obra ejecutada.
- Cobertura de Subvención – “Aprobación Administrativa”
Esta cobertura garantiza la protección econó-mica vinculada a la obtención de ayudas públicas asociadas al proyecto de rehabilitación.
En aquellos supuestos en los que una resolución administrativa deniegue la subvención debido a incumplimientos técnicos de la actuación ejecutada, la póliza responde cubriendo el perjuicio económico derivado de dicha denegación.
Es importante señalar que la cobertura no ampara incidencias administrativas o documentales ajenas a la ejecución técnica del proyecto.
En este caso, la suma asegurada equivale al importe previsto de la subvención.
Control técnico y supervisión independiente
Con el objetivo de garantizar el rigor técnico del proceso, el seguro incorpora la intervención de un Organismo de Control Técnico (OCT), encargado de supervisar de forma independiente las distintas fases de la actuación.
El proceso se articula en tres etapas:
- Pre-póliza: emisión inicial de la cobertura al inicio de los trabajos.
- Seguimiento técnico: supervisión del cum-plimiento normativo y de la calidad de ejecución durante la obra.
- Validación final: emisión de un informe técnico final por parte del OCT. En caso favorable, se activa el Suplemento de Entrada en Cobertura, manteniéndose vigente la póliza hasta la resolución administrativa definitiva de la ayuda pública.
Este modelo permite incorporar mecanismos de control y trazabilidad técnica alineados con las exigencias actuales de sostenibilidad y transparencia.
Gestión del siniestro: reparación y compensación
En caso de denegación de la ayuda pública derivada de incumplimientos técnicos del proyecto, la aseguradora puede intervenir mediante dos mecanismos complementarios:
- Subsanación técnica, orientada a corregir las deficiencias detectadas para alcanzar los estándares requeridos.
- Compensación económica, mediante indemnización equivalente al importe de la subvención no concedida.
De este modo, se minimiza el impacto financiero sobre el propietario y se preserva el equilibrio económico inicialmente previsto para la actuación.
Contratación simplificada y costes competitivos
Conscientes de la necesidad de agilizar los procesos de contratación, el producto ha sido diseñado bajo criterios de simplicidad operativa y mínima carga administrativa.
Para la emisión de una oferta personalizada únicamente se requieren:
- identificación del inmueble;
- valor de la obra;
- importe estimado de las ayudas públicas previstas.
La prima se sitúa, con carácter orientativo, por debajo del 1 % del valor total de la actuación, incluyendo impuestos y gastos, lo que convierte al seguro en un coste marginal frente al nivel de protección técnica y financiera aportado.
Sostenibilidad, gobernanza y criterios ESG
El Seguro de Eficiencia Energética constituye también una herramienta alineada con los principios ESG (Environmental, Social and Governance) y con las nuevas exigencias regulatorias vinculadas a la sostenibilidad del sector inmobiliario.
Su implementación contribuye a reforzar la trazabilidad técnica y financiera de los proyectos, mejora la transparencia en la ejecución de las actuaciones y favorece una gestión más eficiente de los recursos públicos destinados a la rehabilitación energética.
Asimismo, permite que promotores, constructores y agentes rehabilitadores trasladen al mercado un compromiso tangible con la calidad técnica, la sostenibilidad y la responsabilidad profesional.
Conclusión
La rehabilitación energética requiere instrumentos capaces de aportar confianza técnica, estabilidad financiera y seguridad jurídica a todos los agentes intervinientes.
En este contexto, el aseguramiento especializado se consolida como un elemento clave para acelerar la transformación sostenible del parque inmobiliario, facilitar el acceso a financiación pública y reforzar la profesionalización del sector de la edificación.
Con el desarrollo de este nuevo producto asegurador, STA y LISA Seguros ponen a disposición de los profesionales de la construcción y rehabilitación una solución diseñada para responder a los retos técnicos, regulatorios y económicos de la transición energética.
Raquel Pilas Hernández
Directora técnica de STA, Soluciones Técnicos Aparejadores Correduría de Seguros S.L.

Asegura tu actividad profesional cuando dejas de ejercer la profesión y evita contratiempos ante posibles reclamaciones de terceros.
Los artículos 17 y 18 de la Ley Ordenación Edificación establecen los plazos de Responsabilidad Civil de los Agentes intervinientes en el proceso de edificación (Art. 17) así como el plazo de prescripción de las acciones (Art. 18).
Dada la amplia duración de estas responsabilidades, en la Correduría disponemos de seguros, con distintas compañías, que cubren esta responsabilidad civil mediante el pago de unas primas reducidas, para aquellos asegurados que cumplan los requisitos para acceder a dichos descuentos.
Estas pólizas también pueden ser aplicables a los herederos de los profesionales técnicos fallecidos siempre que se cumplan los requisitos.
Continuar asegurando la responsabilidad civil por las actuaciones profesionales desarrolladas una vez el profesional ha cesado en el ejercicio de la profesión por jubilación, cese de actividad o fallecimiento; a través del pago de una prima más económica en comparación con aquellos colegiados que siguen desarrollando la profesión de manera activa.
Para ampliar más información y conocer las condiciones de cada compañía, rellenar el formulario que consta a continuación:
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Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de la Arquitectura Técnica en la Administración Pública

Queremos informarte de la última novedad aseguradora dirigida a profesionales Técnicos de la Administración y a Jefes de obra, después del acuerdo alcanzado por los Colegios Profesionales de la Arquitectura Técnica que hayan querido suscribirse y la Compañía aseguradora Musaat.
El requisito estar colegiado en un COAAT.
En relación con el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de la Arquitectura Técnica en la Administración Pública; si eres un profesional de la Arquitectura Técnica que ejerce por cuenta de una Administración Pública, bien como funcionario de carrera, como interino o como laboral, y personal eventual; Musaat cubre tu responsabilidad civil a través de esta póliza colectiva.
El REQUISITO estar colegiado en un COAAT.
- Las principales coberturas* son: Responsabilidad Civil Profesional, inhabilitación profesional, fianzas, defensa jurídica, reclamación a contrarios...
- Opciones de contratación: Cobertura Básica, cobertura ampliada o cobertura Ampliada Plus.
- Suma asegurada: desde 50.000€ hasta 3.000.000€ por siniestro, año y asegurado.
*Coberturas incluidas en función de la opción de contratación.
En segundo lugar, y en relación con el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de la Arquitectura Técnica para Jefes de Obra; se ha diseñado una póliza colectiva para profesionales de la Arquitectura Técnica que ejerzan como asalariados en el ámbito de la dirección de obra y que inicien su colegiación.
Los REQUISITOS son estar colegiado y no haber tenido intervenciones en obras anteriores.
- Las principales coberturas son: Responsabilidad Civil Profesional, inhabilitación profesional, defensa jurídica, fianzas y liberación de gastos.
- Las delimitaciones:
- Temporal: Claims made de una cobertura; retroactividad ilimitada.
- Territorial y jurisdiccional: España, Andorra y Portugal.
- Suma asegurada: 200.000€ por siniestro, año y asegurado.
Lisa Seguros lanza una plataforma exclusiva para STA Seguros

Lisa Seguros ha desarrollado una plataforma exclusiva para STA Correduría de Seguros, del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, que permitirá a sus profesionales cotizar y contratar sus pólizas de Responsabilidad Civil por Obra de forma instantánea, ágil y 100% digital, directamente desde su espacio profesional y contando con el visto bueno de la correduría antes de la contratación definitiva.
Solución está totalmente integrada en el entorno profesional
La nueva solución está totalmente integrada en el entorno profesional de sus 7.000 colegiados y el producto asegurador cuenta con el respaldo de la aseguradora Occident y garantiza una supervisión previa por parte de la correduría antes de la contratación final.
La solución, diseñada a medida, representa un importante avance en la digitalización del sector técnico. Evita procesos manuales, agiliza la contratación y permite a los aparejadores acceder desde su área privada a datos, pólizas y presupuestos personalizados para cada obra.
Desde STA destacan la agilidad que ofrece la herramienta a la hora de establecer honorarios, al obtener presupuestos de seguros en tiempo real con revisión experta. Para Lisa Seguros, se trata de un ejemplo replicable de cómo la tecnología puede responder a necesidades concretas del canal de mediación profesional.
Raquel Pilas, directora de STA Seguros, explica que “para la integración de la plataforma, se ha desarrollado una nueva área privada dentro de la web de la correduría con la finalidad de que el aparejador interesado pueda consultar sus datos y productos ya contratados, así como realizar sus propios presupuestos de seguro.
Ley de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia

El próximo día 3 de abril entrará en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Dicha Ley introduce modificaciones, entre otras, a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Como novedad más importante, a tener en cuenta en la gestión de siniestros, se encuentra la relativa a la exigencia de un proceso negociador previo a la presentación de cualquier demanda de juicio declarativo (Art. 5,2 de la Ley “Requisito de Procedibilidad”) lo que podría suponer un incremento importante de las reclamaciones extrajudiciales a los/as asegurados/as, que pueden recibir por distintas vías, incluida la telemática.
La ley contempla unos breves plazos en los que hay que dar respuesta a esa propuesta de negociación:
- 15 DÍAS NATURALES para el caso de que dicha propuesta se reciba de un tercero mediador o conciliador que vaya a intervenir en dicho proceso negociador (Art. 7,2 a y b)
- 30 DÍAS NATURALES para el caso de que sea el propio perjudicado el que reclame, bien por sí o a través de letrado (Art. 10,4 a).
Dados los breves plazos que contempla la Ley para dar una respuesta a ese proceso negociador y las consecuencias negativas que puede conllevar el no dar respuesta alguna o hacerlo fuera de dichos plazos (sanciones, multas, repercusiones en materia de costas en el ulterior pleito por entender que ha existido mala fe), hace que sea muy importante, si cabe aún más, la comunicación inmediata por parte de los/as asegurados/as y mediadores de la recepción de ofertas negociadoras/reclamaciones extrajudiciales, tan pronto como se reciban.
Por todo ello, solicitamos vuestra colaboración y hacemos hincapié en la importancia de la comunicación inmediata a de cualquier oferta de negociación/reclamación extrajudicial que se pueda recibir en la siguiente dirección de correo electrónico: seguros@staseguros.es o llamando al 91 701 45 14.
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La finalidad del colectivo de contactos y potenciales clientes es contactar y contestar su solicitud de cotización o remitirle, en su caso, información relativa al seguro interesado donde media . Es decir, ofrecer asesoramiento independiente basado en un análisis objetivo y personalizado, a quienes demanden la cobertura de riesgos.
Se tratan los datos del potencial interesado con la finalidad de presentarle información sobre pólizas de seguros que ofrezcan cobertura a los riesgos expuestos, así como las funciones propias de la actividad de corredor de seguros y su fidelización, incluyendo la cesión a compañías aseguradoras colaboradoras para las necesarias cotizaciones de sus riegos, al objeto de gestionar la póliza idónea requerida. Todo ello, con independencia de que se llegue a formalizar o no un contrato de seguro, o posteriormente se mantenga o no el mismo en vigor, pudiendo ser consultadas en próximas solicitudes.
podrá ceder los datos de la solicitud a otras corredurías de seguros con las que se mantienen relaciones comerciales para poder ofertarle los seguros que necesita en el supuesto de que nosotros no pudiéramos atender su solicitud de búsqueda de seguro.
Además, siempre que hubiera marcado la casilla habilitada en el formulario, autoriza la promoción de productos y servicios de las empresas del Grupo APAREJADORES MADRID (ACP, STT, AREABUILDINGSCHOOL, FEE y COAATM) atendiendo a su perfil comercial y de contrataciones.
Respecto a los clientes de además del cumplimiento del clausulado RGPD incluido en su ficha de cliente, recordar que los datos que pueda remitirnos serán utilizados para que, durante la vigencia del contrato de seguro en que haya intervenido la Correduría, facilitar al tomador, al asegurado y al beneficiario del seguro la información que reclamen sobre cualquiera de las cláusulas de la póliza y, en caso de siniestro, a prestarles su asistencia y asesoramiento continuado.
Adicionalmente, en determinadas ocasiones, los datos de los clientes de son tratados con la finalidad de gestionar su participación en concursos organizados por
, regulando el tratamiento de los datos en las correspondientes bases del concurso publicado.
Para ambos tipos de colectivos (clientes y potenciales clientes), utilizará los datos personales con la finalidad de promocionarle sus servicios atendiendo a las necesidades reflejadas por el interesado o para realizar campañas promocionales.
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Le informamos que en el tratamiento referenciado no llevamos a cabo decisiones exclusivamente automatizadas que puedan afectarle en modo alguno, ni existen fines ulteriores a los que puedan destinarse sus datos.
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La base legal para los tratamientos identificados, se amparan en:
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- Cumplimiento de una obligación legal en temas de prevención de fraude
- Si remitió una solicitud de contacto o solicitud de cotización de seguro mediado por
la legitimidad se ampara en la necesidad de facilitar los datos con la intención de concluir un contrato.
- En determinados seguros donde se requieran datos de categorías especiales (por ejemplo, salud) la legitimidad es el consentimiento explícito del interesado para poder obtener, proporcionar o administrar una cobertura de este tipo de seguros
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y no vulnere sus derechos. Por tanto, debe ser consciente que las comunicaciones relativas a servicios de
que podamos remitirle, se amparan en dicho interés legítimo de la organización. No obstante, Vd. puede mostrar oposición en cualquier momento a recibir este tipo de información, remitiendo un correo electrónico a rgpd@aparejadoresmadrid.es, sin que esta oposición condicione, en forma alguna, su relación con la Correduría.
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¿Qué datos podemos tratar?
Los tipos de datos personales que utilizamos en nuestros tratamientos son los proporcionados por el propio interesado:
- Datos identificativos y de contacto.
- Datos bancarios o financieros (para los supuestos de pago de prima a la compañía aseguradora)
- En los casos en los que resulte de aplicación, datos de salud.
- Datos necesarios para la valoración del riesgo asegurable.
En en cumplimiento del principio de los principios generales de protección de datos, solo tratamos datos adecuados, pertinentes y limitados a los necesarios en relación con los fines a los que se destinan. Consideramos que todos los datos facilitados son ciertos y verídicos, y el interesado queda informado de la obligación de comunicar a
cualquier modificación de los mismos que pudiera producirse para mantener los datos permanentemente actualizados.
¿Cuál es el plazo de conservación de sus datos?
Con carácter general, conservará los datos mientras dure la relación con la Correduría, y con posterioridad al efecto de cumplir las obligaciones legales y las responsabilidades derivadas de dichos tratamientos en función de la normativa aplicable. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán suprimidos.
Los datos utilizados con finalidad promocional de servicios y actividades serán conservados durante dos años tras el último contacto, salvo que ejercite durante ese período su derecho de oposición o supresión previstos en la normativa de protección de datos.
¿Quiénes son los destinatarios de los datos?
Informamos que, salvo que la cesión de los datos fuese necesaria para asegurar el cumplimiento del contrato del seguro donde mediamos, así como en los casos previstos por la normativa vigente en cada momento, en los tratamientos de datos que realizamos, no compartimos los datos facilitados. En este sentido, identificamos los cesionarios más comunes en nuestros servicios en
- Aseguradoras y reaseguradoras
- Entidades bancarias o financieras)
- Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones u otros Órganos de la Administración Pública con competencia en la materia.
- SEPBLAC en supuestos de operaciones sospechosas o con indicios de blanqueo de capitales o financiación de terrorismo
Por otra parte, aunque no implican cesiones de datos, para las diferentes actuaciones relativas a los tratamientos, contrata con proveedores para que nos presten determinados servicios, y que pueden necesitar acceder a su información; No obstante, estos proveedores gestionan los datos con el único objetivo de prestarnos el servicio contratado, siguiendo nuestras instrucciones y sin que puedan destinarlos a una finalidad diferente.
¿Existen Transferencias internacionales de datos?
En los tratamientos realizados con sus datos no existen transferencias internacionales de los mismos (países fuera de los Estados miembros de la Unión Europea).
Seguridad y confidencialidad en el tratamiento de sus datos
En existe el compromiso de garantizar la seguridad y la confidencialidad en el tratamiento de los datos, implantando las medidas técnicas y organizativas adecuadas en función al nivel de riesgo que de dichos tratamientos se pueden derivar para los derechos y libertades de las personas cuyos datos se tratan.
A la implantación de las medidas de seguridad necesarias se añade un posterior proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de dichas medidas (mejora continua para garantizar un tratamiento seguro de los datos).
La máxima confidencialidad en el tratamiento de los datos personales se considera una obligación ineludible por el personal de , comprometiéndonos a guardar secreto en cualquier fase de su tratamiento, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.
¿Cuáles son los derechos en relación con el tratamiento de sus datos?
Le identificamos que sus derechos referentes a los datos personales son los siguientes: información, acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad de los datos y derecho a no ser objeto de decisiones individualizadas.
¿Cómo se puede ejercitar cualquiera de los anteriores derechos?
Dado el carácter confidencial de la información, telefónicamente, Vd. no podrá ejercitar sus derechos.
Para ejercer cualquiera de estos derechos puede dirigirse a en la dirección de nuestras oficinas: C/ Maestro Victoria, 3. 28013. Madrid, o en el correo electrónico: rgpd@aparejadoresmadrid.es. Asimismo, le informamos que tiene derecho a presentar una reclamación ante nuestro Delegado de Protección de Datos (dpo@aparejadoresmadrid.es) o ante la Autoridad de Control competente (Agencia Española de Protección de Datos), si considera que se ha producido algún tipo de vulneración en relación con el tratamiento de sus datos personales.
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- LISA Seguros es una Agencia de Suscripción autorizada por la DGSFP con clave AS0099 para operar en España. STA Seguros y LISA Seguros han firmado recientemente un acuerdo por el cual, podemos ofrecer este servicio de tarificador en el área privada de nuestra página web.
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